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Convenio Prevención > Disposiciones Transitorias
Las empresas afectadas por el presente convenio colectivo dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2008 para adaptarse a las estructuras retributivas acordadas así como para abonar los atrasos derivados de la aplicación con carácter retroactivo con efectos de 1 de enero de 2008 de las tablas salariales correspondientes a dicho año ( Disposición Adicional Primera tabla I).