Menú Principal:
Reforma laboral > Disposiciones Finales del RD 10/2010
Real Decreto Ley 10/2010 de medidas urgentes (RDL)
1. El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
2. Las disposiciones sobre agencias de colocación establecidas en el Capítulo IV de este real decreto-ley no serán de aplicación hasta tanto no entre en vigor la normativa de desarrollo a que se refiere la disposición final séptima, apartado 3.
Comentarios
Sin comentar
Sub-Menú: