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Convenio Prevención > Capítulo XIII
Dadas las características de la actividad y que muchos de los trabajadores como consecuencia de sus trabajos en las empresas pueden estar sometidos a diversos riesgos, la empresa pondrá a disposición aquellos equipos de protección individual que pudieran ser necesarios tanto con carácter permanente como con carácter puntual ante un riesgo existente en las instalaciones del cliente.
Los trabajadores deberán poner especial cuidado en el uso de los equipos de pro-tección individual.
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