Menú Principal:
Convenio Prevención > Capítulo XI
Las sanciones máximas que pueden imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
A) Por faltas leves:
-Amonestación verbal.
-Amonestación por escrito.
-Suspensión de empleo y sueldo de hasta 2 días.
B) Por faltas graves:
-Amonestación por escrito.
-Suspensión de empleo y sueldo de 3 a 15 días.
C) Por faltas muy graves:
-Suspensión de empleo y sueldo de 16 a 60 días.
-Inhabilitación temporal para el ascenso por un período de hasta tres años.
-Despido disciplinario.