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Convenio Prevención > Capítulo IX
Se abonará este plus a todo el personal que, sin estar contratado expresamente para desarrollar la actividad de conductor, realice la tarea de conductor de Unidad Móvil habitualmente.
La cuantía de este plus se fija en 50 €. Mensuales y experimentará la misma evo-lución de incrementos porcentuales por IPC que se acuerden en cada momento para la tabla de salarios base.
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