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Convenio Prevención > Capítulo I
El presente convenio colectivo entrará en vigor el día 1 de julio de 2008, y su du-ración se extenderá hasta el 31 de diciembre del año 2011. Sin perjuicio de lo ante-rior las tablas salariales para el 2008 entrarán en vigor el 1 de enero de 2008 apli-cándose lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda.
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