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Disposiciones Adicionales
Situaciones anteriores en materia de jornada y horario.
Durante la vigencia del presente convenio, las Empresas que mantengan una Jornada legal distinta a la regulada en el artículo 47, o no se acomoden a los criterios horarios seńalados en el mismo, se adaptarán a las previsiones contenidas al respecto en el presente Convenio General, siempre que así se opte por acordarlo en el ámbito de empresa con la Representación Legal de los Trabajadores.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Primera. Situaciones anteriores en materia de jornada y horario
D.A. Segunda. Plus de Residencia
D.A. Tercera. Modificaciones Legislativas
D.A. Cuarta. Principio de salvaguarda en la concurrencia de Convenios
D.A. Quinta. Parejas de hecho
D.A. Sexta.
D.A. Séptima. Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual, o acoso por razón de sexo, o de acoso moral