Convenio Sectorial Seguros 2008/2011

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Disposición Adicional Cuarta

Convenio > Disposiciones Adicionales

Disposisiones Adicionales
Principio de salvaguarda en la concurrencia de Convenios.


Los Convenios Colectivos de Empresa vigentes a la entrada en vigor del presente Convenio General, continuarán desarrollando sus efectos durante todo el período de su vigencia; a su conclusión las partes legitimadas para la negociación en el ámbito de empresa o Grupo decidirán lo que a sus intereses convenga, teniendo siempre como referencia las previsiones del presente Convenio General y, en particular, lo establecido en el art. 7 sobre articulación de la negociación colectiva.

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