Convenio Sectorial Seguros 2008/2011

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Artículo 81

Convenio > Capítulo XIII

Derechos Sindicales y de Representación Colectiva
De los miembros de la representación de los trabajadores en la Comisión Mixta.

Los miembros de la representación de los trabajadores en la Comisión Mixta-Paritaria de Interpretación y Seguimiento de este Convenio tendrán las siguientes facultades:

1. Las que específicamente se recogen en el Convenio presente para dicha representación y las derivadas que sean necesarias para su cumplimiento.

2. Las de interpretación del Convenio, junto con la representación empresarial, y el seguimiento de su aplicación.

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