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Convenio > Capítulo VII
Retribuciones
Sección 1ª. Salarios base y complementos
Plus de Inspección.
Disfrutará del mismo, en atención al trabajo realizado el personal de Inspección en tareas de producción, organización o inspección técnica administrativa que habitualmente realiza fuera de la oficina de la Empresa su trabajo sin sujeción al horario prefijado, como compensación al mayor esfuerzo y dedicación que exigen las gestiones y los viajes.
La cuantía de este plus para 2008 se fija en 1.697,76 €. anuales para el personal de inspección que realice su función fuera del lugar de residencia habitual; o 848,87 € anuales para el que realice su función en el lugar de residencia habitual.
Para los sucesivos años de vigencia del Convenio, el importe del plus se determinará conforme a las previsiones del artículo 36.
El plus, en ambas modalidades, podrá ser absorbido por otras remuneraciones de cualquier clase, fijas o variables, o por toda clase de mejoras voluntarias, pactadas o que se pacten en el futuro excepto dietas y gastos de locomoción, aunque si el total de las remuneraciones complementarias y mejoras no alcanza anualmente la cuantía que suponga el plus en cada modalidad, las Entidades deberán complementar hasta el límite del plus, según la modalidad que corresponda.
CAPITULO VII
Retribuciones.
Sección 1ª. Salarios base y complementos
Art. 28 Principios Generales
Art. 29 Salarios Base y Complementos
Art. 30 Complemento por Experiencia
Art. 31 Complementos de compensación por primas
Art. 32 Pagas Extraordinarias
Art. 33 Complemento de Adaptación Individualizado
Art. 34 Plus de Inspección
Sección2ª. Salarios y otras condiciones económicas para los sucesivos años de vigencia del Convenio
Art. 35 Condiciones económicas para el año 2008
Art. 36 Condiciones económicas para los años 2009, 2010 y 2011
Art. 37 Cláusula de revisión salarial
Art. 38 Pago único 2010
Sección 3ª. Dietas, suplidos y otros conceptos
Art. 39 Dietas y gastos de locomoción
Art. 40 Compensación por camida por jornada partida
Art. 41 Ayuda económica para vivienda en los supuestos de traslado
Art. 42 Uniformes y prendas de trabajo
Art. 43 Anticipos
Sección 4ª. Supuestos especiales
Art. 44 Empresas en situación de déficit o pérdidas
Art. 45 Limitaciones presupuestarias de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
Sección 5ª
Art. 46 Carácter de las condiciones económicas aquí reguladas