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Convenio > Capítulo IV
Contratación
Período de prueba.
La duración del período de prueba será variable en función de la naturaleza de los puestos de trabajo a cubrir, sin que, en ningún caso, pueda exceder de los períodos que a continuación se señalan:
Grupo Profesional 0 12 meses
Grupo Profesional I 6 meses
Grupo Profesional II 3 meses
Grupo Profesional III 2 meses
Grupo Profesional IV 1 mes
Las situaciones de incapacidad temporal y maternidad o paternidad que pudieran afectar al empleado/a durante el período de prueba, interrumpirán el cómputo del mismo, que se reanudará a partir de la fecha de la reincorporación efectiva al trabajo.
CAPITULO IV
Contratación.
Art. 17 Período de prueba
Art. 18 Cese voluntario
Art. 19 Contratación